martes, 28 de junio de 2016

Consulados y embajadas de España en Venezuela



Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en España

Calle Capitán Haya, 1 - Edif. Eurocentro, pl. 13
28020 Madrid
Teléfono: 91 598 12 00
Fax: 91 597 15 83
Correo electrónico: embvenez@teleline.es
Página web




Documentación y visados




Pasaporte/DNI:
Con carácter general, Pasaporte en vigor, con un mínimo de 6 meses de vigencia.

Las autoridades venezolanas están exigiendo a las personas que se desplazan a Venezuela por turismo por períodos inferiores a tres meses la siguiente documentación, pudiendo ser inadmitidos en frontera en caso de no presentarla:

- Pasaporte en vigor, con un mínimo de 6 meses de vigencia.
- Billete de retorno.
- Prueba suficiente de medios económicos.
- Acreditación de alojamiento a través de la reserva de hotel o carta de invitación notariada de la persona que realiza dicha invitación.
- Prueba documental de excursiones reservadas, si las hubiera.

Aquellas personas que viajen a Venezuela por motivos diferentes del turismo por un período inferior a tres meses, deberán aportar documento que justifique el viaje.

En este sentido, las autoridades venezolanas exigen un visado de trabajo a aquellas personas que se desplacen a Venezuela para realizar actuaciones o un intercambio cultural.

AVISO IMPORTANTE PARA CIUDADANOS DE DOBLE NACIONALIDAD HISPANO-VENEZOLANA: las autoridades venezolanas pueden exigir la presentación de pasaporte venezolano de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de 1 de julio 2004, el cual establece que “Los venezolanos y venezolanas que posean otra nacionalidad deberán hacer uso de la nacionalidad venezolana para su ingreso, permanencia y salida del territorio de la República (…)”. En algunos casos el SAIME autoriza a salir con pasaporte extranjero a quienes tienen doble nacionalidad. es un trámite que han de hacer directamente los interesados y no hay certeza respecto al criterio que sigue el SAIME.

Visados:


Se requiere visado para estancias de más de tres meses. Es importante no sobrepasar este periodo pues el viajero puede afrontar dificultades a la salida hasta el punto de que si las autoridades inmigratorias detectan que un ciudadano ha estado en situación inmigratoria irregular pueden impedirle el embarque, aunque con ello pierda el billete de avión. En caso de duda es preferible acudir al SAIME antes de viajar y regularizar la situación, aunque puede acarrear el pago de una multa. En caso de no residentes, si circunstancias imprevistas exigen prolongar la estancia, es imprescindible acudir al SAIME (servicios de inmigración) antes de que cumplan los 90 días para solicitar una prórroga.

Visitar la siguiente página web

Los periodistas deben consultar los requisitos de acreditación o visado en la página del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información.



Direcciones y Teléfonos de interés



a)Prefijo país: +58

b) Prefijo capital y principales ciudades del país: (quitar el cero si se llama desde España)

- Caracas: 0212
- Maracaibo: 0261
- Valencia: 0241
- Maracay: 0243
- Maracaibo: 0261
- Barquisimeto: 0251
- Puerto La Cruz: 0281
- Puerto Ordaz: 0286
- Porlamar: 0295
- Mérida: 0274
- San Cristóbal: 0276

c) Teléfonos policía, bomberos, urgencias, principales líneas aéreas, hospitales

POLICIA
Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CICPC): +588002427224
Policía Nacional Bolivariana: +582128625871 / +588007654622Policía Municipal de Baruta: +582129432855 – +582129436277 - +582129434682
Policía Municipal de Sucre: +582122422111 – 4590-5923-7823-0930
Policía Municipal del Hatillo: +582129611682
Policía Municipal de Chacao: +582122641256 – 2640050. 0800 CHACAO1 (0800 2422261).
BOMBEROS

- Cuerpo de Bomberos Metropolitanos: +582125457765 / 8053/ 0331/ 4545/ 2321/ 9209. +582125422321/ 0066/ 2512. +582125779209

- Cuerpo de Bomberos Aeronáuticos del Instituto Aeropuerto internacional de Maiquetía. +582123551354/ 3031404 / 14.05 / 14.06

- Coordinación de Ambulancias +582123031507

- Bomberos Aeronáuticos Aeropuerto: +582123551354

- Bomberos Aeronáuticos La Carlota: +582129932973 / +582129932580 / +582129938498

- Bomberos Aeronáuticos La Chinita: +582617351045

- Bomberos Marítimos: +582123322165

URGENCIAS
Sistema Integral de Emergencia 171

LINEAS AEREAS

Iberia
Dirección: Av. Francisco de Miranda. Edif. Parque Cristal. Torre Este Piso 3. Oficina 3-12. Los Palos Grandes.
Teléfono: +582123355111
Air Europa
Dirección: Avenida Principal La Castellana. Centro Letonia. Piso 10. Oficina 104. Chacao.
Teléfono: +582122672141
Plus Ultra:
Dirección: Av. Sojo. Torre Onix. Piso 3. El Rosal.
Teléfono: +582129525460 / +582129539724

Air France
Dirección: Avenida Francisco de Miranda. Edificio Parque Cristal. Torre Este. Piso 2. Los Palos Grandes.
Teléfono:+582123357601

CLINICAS

Clínica El Ávila
Dirección: Avenida San Juan Bosco con 6ta. transversal de Altamira. Caracas
Teléfonos: +582122761111

Hospital de Clínicas Caracas
Dirección: Avenida Panteón con Avenida Alameda. Edificio Hospital de Clínicas Caracas. Urb. San Bernardino
Teléfonos: +582125086111

d) Teléfonos de instituciones españolas:

Los teléfonos de emergencia del Consulado de Caracas son 04242090264 (si se llama desde Venezuela) y +584242090264 (si se llama desde fuera del país caribeño).
Consulado General en Caracas
Edif. Bancaracas, piso 7. Plaza La Castellana. P.O. Box: 69394 Altamira
Teléfonos: 266 02 22, 266 03 77, 266 12 41, 266 13 68 y 266 16 41.
Fax: 266 57 45
Correo electrónico: cog.caracas@maec.es
Página web

Consulados y Viceconsulados Honorarios en otras capitales del país:
Barinas, Barquisimeto, Maracaibo, Maracay, Maturín, Mérida, Porlamar, Puerto La Cruz, Punto Fijo, Puerto Ordaz, San Cristóbal, San Juan de los Morros y Valencia (información en la página web del Consulado: Demarcación).

Embajada en Caracas
Av. Mohedano, entre la 1.ª y 2.ª transversal, Quinta Marmolejo. Urbanización La Castellana.- Caracas. P.O. Box- 62297. Chacao.
Teléfonos: 263 28 55, 263 38 76, 263 09 32 y 263 19 56 y 263 29 80.
Fax: 261 08 92.
Correo electrónico: emb.caracas@maec.es
Página web

Consejeria Económica y Comercial
Centro Comercial Parque Cristal, Torre Este, piso 12, Av. Francisco de Miranda. Urb. Los Palos Grandes. P.O.Box: 61394 (1060-A)
Teléfonos: 284 92 77, 285 79 06 y 285 58 48 y 285 29 13.
Fax: 284 99 64
Correo electrónico: caracas@comercio.mineco.es
página web

Oficina Española de Turismo con Sede en Miami
2655 Le Jeune Rd (Gables International Plaza), suite 605
Coral Gables, Miami 33134
Teléfono: (305) 358 19 92
Fax: (305) 358 82 23
Correo electrónico: buzon.oficial@miami.oet.es
Páginas web: Tourspain y Okspain

Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Edificio Banco Lara piso 1.º Avda. Ppal. Eugenio Mendoza con 1ª Transv. La Castellana. Caracas.
Teléfonos: 264 32 60, 264 08 98 y 264 48 06 y 264 37 64.
Fax: 264 61 21
Dirección de correo: venezuela@mitramiss.es
Página Web

Oficina de Información
Av. Mohedano, entre la 1.ª y 2.ª transversal, Quinta Marmolejo, Embajada de España. Urbanización La Castellana.- Caracas.
Teléfonos: 263 19 64 y 263 29 41.
Fax: 263 74 38
Dirección de correo: consejeria.caracas@mpr.es



Origen de los datos Web del Ministerio de Exteriores de España



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lunes, 27 de junio de 2016

Consulados y embajadas de España en Estados Unidos



Embajada de Estados Unidos en España:

Serrano, 75 MADRID
Teléfonos: 91 587.22.00 - 91 577.40.00
Fax : 91 587.23.03



Documentación y visados




Se recuerda a los ciudadanos españoles de viaje en Estados Unidos la conveniencia de ir siempre debidamente documentados, también en los desplazamientos internos dentro de los Estados Unidos.

Pasaporte

- A partir del día 1 de abril de 2016, todos los viajeros, incluidos los menores de edad, deberán llevar un pasaporte con datos biométricos para viajar a EEUU dentro del programa de exención de visados.

Ha de tenerse en cuenta que las Oficinas Consulares españolas expiden, en ciertos casos, una modalidad de pasaporte bajo la denominación de provisional que no incorpora elementos biométricos de su titular y, en consecuencia, no es válido para viajar a EE.UU. sin visado.

- A partir de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzó a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puesto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en la toma de una fotografía y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puesto con dicho dispositivo.

1. Entrada sin visado con autorización electrónica previa (ESTA)
Los españoles que se desplacen a EEUU por turismo o negocios están exentos, en virtud del programa de exención de visados en el que está incluida España, de la obtención de un visado, debiendo, en cambio, completar en línea el formulario de autorización de viaje (ESTA). Si tiene dudas sobre si necesita o no un visado, consulte la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España.

La solicitud del ESTA se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje. El Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud no menos de 72 horas antes de viajar. La autorización del ESTA es válida por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante, si lo hace antes de dos años. El período de estancia máxima en EE.UU es de 90 días.


El 21 enero de 2016 entraron en vigor una serie de excepciones al programa de exención de visados. En consecuencia, las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Sudán, Siria, Libia, Somalia y Yemen (desde 1 marzo 2011) o tengan la doble nacionalidad española y de alguno de estos países, no podrán viajar con un documento ESTA. En estos casos, su solicitud se denegará o revocará (mediante comunicación por email por parte de la Embajada o Consulado de los Estados Unidos) y por ello, estas personas deberán solicitar un visado. [Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a esos países con carácter oficial. También se establecen excepciones, caso por caso, para funcionarios de Organizaciones Internacionales y entidades territoriales -Gobiernos y Parlamentos regionales-, que hayan viajado con carácter oficial; periodistas y miembros de ONG’s humanitarias en viaje profesional y hombres de negocios que han viajado a Irak o Irán. En el caso específico de viajes de negocios a este último país, la excepción se considerará cuando el viaje se haya realizado después del acuerdo nuclear con Irán, el 14 de julio 2015].

Se recomienda a todos los viajeros que tengan un ESTA vigente o vayan a solicitar uno para viajar próximamente a los Estados Unidos y puedan estar incluidos en alguna de las categorías anteriores que se informen ante la Embajada o Consulado de los Estados Unidos, así como ante su aerolínea, y en todo caso lleven, en el momento de viajar, la documentación acreditativa oportuna.

Viajes a Cuba desde los EE.UU. Las últimas modificaciones realizadas por las autoridades estadounidenses restringen determinadas categorías de viajes a Cuba. Estas modificaciones afectan a cualquier nacional de un tercer Estado. Por tanto, si se pretende viajar a Cuba directamente desde los EE.UU., es necesario recabar información al respecto de las autoridades estadounidenses competentes.

En todos los demás supuestos deberá solicitarse el visado correspondiente.

2. Entrada con Visado.

Es necesario solicitar visado en los siguientes casos:

-Estudios e investigación (sin importar la duración de los estudios). En esta categoría se incluye a médicos residentes o investigadores médicos; profesores, conferenciantes y estudiantes incluidos en programas de intercambio.

-Trabajo en EE.UU, au-pairs y ayuda doméstica.

-Entrada en el país en una embarcación o avión privado.

-Periodistas y representantes de un medio de comunicación en viaje profesional

- Artistas, atletas, músicos y profesionales del mundo de las artes y el espectáculo. También se incluye en este grupo a participantes en programas internacionales de intercambio, trabajo en prácticas, etc.

- Miembros de tripulaciones aéreas o marítimas, incluyendo yates privados.

- Diplomáticos, funcionarios y empleados de organizaciones internacionales.

- Trabajadores religiosos.

- Tránsito aeroportuario (cuando no pueda obtener la Entrada sin visado con autorización electrónica previa ESTA –o el motivo del viaje no sea turismo o negocios con destino a un Tercer País-).


Puede consular la información en la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España.




Direcciones y Teléfonos de interés




Prefijo País: (+1)

Teléfonos de interés:

EL NUMERO DE TELEFONO DE EMERGENCIAS POLICIALES EN TODO EL TERRITORIO NORTEAMERICANO, INCLUYENDO EMERGENCIAS BOMBEROS Y AMBULANCIAS ES EL 911.

LLAMADA GRATUITA DESDE CUALQUIER TELEFONO TANTO PUBLICO COMO PRIVADO. CON FRECUENCIA, EXISTE POSIBILIDAD DE SER ATENDIDO EN ESPAÑOL SI SE SOLICITA.

POLICÍA (no urgencias): 311
INMIGRACIÓN: 1 (800) 375-5283




REPRESENTACIÓN DE ESPAÑA:

Recordar marcar delante el prefijo del país (1) si se llama desde España.

CONSULADO GENERAL EN BOSTON (617)
Cancillería: 31 St. James Avenue, Suite 905.- Boston. Mass. 02116.
Teléfono/s: (617) 536 25 06 y (617) 536 25 27
Teléfono emergencia consular: (617) 283 95 39
Fax/es: (617) 536 85 12.
Dirección de correo: cog.boston@maec.es
Página Web

CONSULADO GENERAL EN CHICAGO (312)
Cancillería: 180 North Michigan Ave., Suite 1500.- Chicago. Illinois 60601.
Teléfono/s: (312) 782 45 88 y (312) 782 45 89,
Teléfono de emergencia consular: (312) 493 01 97
Fax/es: (312) 782 16 35.
Dirección de correo: cog.chicago@maec.es
Página Web

Oficina Comercial: 500 North Michigan Ave., Suite 1500.- Chicago. Illinois 60611.
Teléfono/s: (312) 644 11 54 y (312) 644 11 55.
Fax/es: (312) 527 55 31.
Dirección de correo: chicago@comercio.mineco.es
Página web

Oficina Española de Turismo: Water Tower Place, Suite 915 East. 845 North Michigan Ave.- Chicago. Illinois 60611.
Teléfono/s: (312) 642 19 92.
Fax/es: (312) 642 98 17.
Dirección de correo: chicago@tourspain.es
Página web

Instituto Cervantes: 31 West Ohio Avenue Chigago, Illinois 60611
Teléfono/s: (312) 335 19 96.
Fax/es: (312) 587 19 92.
Dirección de correo: info.chicago@cervantes.org
Página web


CONSULADO GENERAL EN HOUSTON (713)
Cancillería: 1800 Bering Drive, Suite 660.- Houston. Texas 77057.
Teléfono/s: Teléfono: (713) 783 62 00,
Emergencia consular: (1) 713 962 62 84.
Fax/es: (713) 783 61 66.
Dirección de correo: cog.houston@maec.es
Página Web

Oficina de Educación: 2425 Fountain View Dr., Suite 330. Houston Texas 77057.
Teléfono/s: (713) 974 16 89
Fax/es: (713) 974 69 35
Dirección de correo: elena.marcof@mecd.es
Página web

Instituto Cervantes: 1701, 4th Street SW. Albuquerque, N.M. 87102.
Teléfono/s: (505) 724 47 77
Fax/es: (505) 246 26 13
Dirección de correo: adxabq@cervantes.es
Página web

Centro Español de Recursos: 1701 4th Street SW. Alburquerque, N.M. 87102
Teléfono/s: 246 226 124
Fax/es: (505) 243 19 61
Dirección de correo: cer.albuquerque@educacion.es
Página web


CONSULADO GENERAL EN LOS ÁNGELES (323)
Cancillería: 5055 Wilshire Blvd., Suite 860.- Los Ángeles. California
Teléfono/s: (323) 9380 159 y (323) 9380 158,
Teléfono de emergencia consular: (323) 445 04 84
Fax/es: (323) 938 25 02.
Dirección de correo: cog.losangeles@maec.es
Página Web

Agregaduría de Educación y Ciencia: 6300 Wilshire Blvd., Suite 830.- Los Ángeles. California 90048.
Teléfono/s: (323) 852 69 97.
Fax/es: (323) 852 07 59.
Dirección de correo: losangeles.usa@mecd.es
Página web: www.mecd.gob.es/eeuu/

Oficina Comercial: 1900 Avenue of the Stars, Suite 2430. Los Ángeles. CA 90067.
Teléfonos: (310) 277 5125
Fax/es: (323) 277 51 26
Dirección de correo: losangeles@comercio.mineco.es
Página web

Oficina Española de Turismo: 8383 Wilshire Blvd., Suite 960.- Beverly Hills. California 90211.
Teléfono/s: (323) 658 71 95
Fax/es: (323) 658 10 61
Dirección de correo: losangeles@tourspain.es
Página web: www.spain.info/en_US/

CONSULADO GENERAL EN MIAMI (305)
Cancillería: 2655 Le Jeune Road, Suite 201-203, Coral Gables.- Miami Florida 33134.
Teléfono/s: (305) 446 55 11 y (305) 446 55 12 y (305) 446 55 13
Teléfono de emergencia consular: (305) 790 18 51
Fax/es: (305) 446 05 85
Dirección de correo: cog.miami@maec.es
Página Web: www.exteriores.gob.es/consulados/miami/

Oficina de Educación: 2655 S.W. Le Jeune Road, Suite 1000, Coral Glabes.-FL 33134 USA
Teléfono/s: (305) 448 21 46
Fax/es: (305) 445 05 08
Dirección de correo: infocenter.usa@educacion.es
Página Web www.mecd.gob.es/eeuu/

Oficina Comercial: 2655 Le Jeune Road, Suite 1114, Coral Gables, FL 33134.
Teléfono/s: (305) 446 43 87
Fax/es: (305) 446 26 02
Dirección de correo: miami@comercio.mineco.es
Página web

Oficina de Turismo: 1395 Brickell Ave. Suite 1130. Miami-FL 33131.
Teléfono/s: (305) 358 19 92
Fax/es: (305) 358 82 23.
Dirección de correo: miami@tourspain.es
Página Web: www.spain.info/en_US/

Centro Cultural Español de Cooperación Iberoamericana: 1490 Biscayne Blvd, Miami FL 33132.
Teléfono/s: (305) 448 96 77.
Fax/es: (305) 448 96 76.
Dirección de correo: infocenter.usa@mecd.es
Página Web: http://www.ccemiami.org/

Centro Uned: 2655 Le Jeune Rd., Suite 900, Coral Gables, Florida, 33134.
Teléfono/s: (305) 448 29 90
Fax/es: (305) 448 65 79
Dirección de correo: info@miami.uned.es
Página web: www.uned.es

CONSULADO GENERAL EN NUEVA YORK (212)
Cancillería: 150 East 58th St., 30th floor.- New York, N.Y. 10155.
Teléfono/s: (212) 355 40 80, 81, 82, 85, 86, 90 y 91
teléfono de emergencia consular: (917) 273 76 01.
Fax/es: (212) 644 37 51
Dirección de correo: cog.nuevayork@maec.es
Página Web: http://www.exteriores.gob.es/consulados/nuevayork

Oficina Comercial: Chrysler Bldg. 405 Lexington Ave., 44th floor.- New York, N.Y. 10174-0331.
Teléfono/s: (212) 661 49 59
Fax/es: (212) 972 24 94
Dirección de correo: nuevayork@comercio.mineco.es
Página web

Oficina Española de Turismo: 60 East 42nd Street., Suite 5300 (53rd floor)- New York, N.Y. 10174.
Teléfono/s: (212) 265 88 22.
Fax/es: (212) 265 88 64.
Dirección de correo: nuevayork@tourspain.es
Página web: www.spain.info/en_US/

Agregaduría de Educación: 358 Fifth Ave. Suite 1404.- New York, N.Y. 10001.
Teléfono/s: (212) 629 44 35
Fax/es: (212) 629 44 38
Dirección de correo: admin.usa@mecd.es
Página web: www.mecd.gob.es/eeuu/

Instituto Cervantes: 211-215 East 49 Street.- New York, N.Y. 10017.
Teléfono/s: (212) 308 77 20
Fax/es: (212) 308 77 21
Dirección de correo: cenny@cervantes.es
Página web: nyork.cervantes.es/

CONSULADO GENERAL EN SAN FRANCISCO (415)
Cancillería: 1405 Sutter St.- San Francisco. California 94109.
Teléfono/s: (415) 922 29 95, (415) 922 29 96
Teléfono de emergencia consular: (415) 846 81 24
Fax/es: (415) 931 97 06
Dirección de correo: cog.sanfrancisco@maec.es
Página Web: http://www.exteriores.gob.es/Consulados/SanFrancisco/

Oficina de Educación: 1405 Sutter Street.- San Francisco, CA 94109.
Teléfono/s: (415) 922 20 38
Fax/es: (415) 9319706
Dirección de correo: josefa.salvador@mecd.es
Página Web: http://www.educacion.gob.es/eeuu

CONSULADO GENERAL EN WASHINGTON (202)
Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W.- Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 23 30
Teléfono emergencia consular: (202) 352 2299
Fax/es: (202) 728 23 02.
Dirección de correo: cog.washington@maec.es
Página Web: http://www.exteriores.gob.es/Consulados/Washington

EMBAJADA EN WASHINGTON (202)
Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 2340 y (202) 728 2361, (202) 452 0100
Fax/es: (202) 833 56 70
Dirección de correo: emb.washington@maec.es
Página Web: www.exteriores.gob.es/Embajadas/Washington y
www.spainemb.org

Consejería de Empleo y Seguridad Social: 2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 23 31
Fax/es: (202) 822 37 31
Dirección de correo: clusa@meyss.es
Página Web: www.empleo.gob.es/eeuu

Consejería de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: 2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 23 39
Fax/es: (202) 728 23 20
Dirección de correo: washington@magrama.es
Página Web: http://www.mapausa.org/indexesp.htm

Consejería de Información: 2375 Pennsylvania Ave., N.W., 5th floor - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 23 32
Fax/es: (202) 728 23 08
Dirección de correo: press@spainemb.org
Página web

Oficina Económica y Comercial: 2375 Pennsylvania Ave., N.W
- Washington, D.C.
Teléfono/s: (202) 728 2365
Fax/es: (202) 466 7385
Dirección de correo: washington@comercio.mineco.es
Página web

Agregaduría de Interior: 2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037
Teléfono/s: (202) 567 2144
Fax/es: (202) 530 05 09
Dirección de correo: consejeria.estadosunidos@interior.es

Consejería de Finanzas: 2375 Pennsylvania Ave., NW - Washington, D.C. 20037
Teléfono: 202 728 2338
Fax: 202 728 2318
Email: chusa@covad.net
Página web

Consejería de Educación: 2375 Pennsylvania Ave.; NW - Washington, D.D. 20037
Teléfono/s: (202) 728 2335
Fax/es: (202) 728 2313
Dirección de correo: consejeria.usa@mecd.es
Página web: www.mecd.gob.es/eeuu/

Oficina Cultural: 2375 Pennsylvania Ave., N.W. - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 23 34
Fax/es: (202) 496 03 28
Dirección de correo: emb.washington.ofc@maec.es
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jueves, 9 de junio de 2016

Programa de movilidad para jóvenes con Australia


Actualización sobre el visado Work and Holiday:



A partir del 19 de noviembre, aquellas personas con un visado Work and Holiday 462 que trabajen durante al menos tres meses en el norte de Australia, en los sectores de turismo y hostelería o agricultura, bosques y pesca, pueden solicitar un segundo visado Work and Holiday 462. Los tres meses comienzan a computar a partir del 18 de noviembre.


Para más información visite la siguiente página:


https://www.homeaffairs.gov.au/Trav/Visa-1/462-


Abierto el plazo para la solicitud de cartas de apoyo a 1 de julio de 2018.

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1.- Acuerdo entre España y Australia relativo al Programa de Movilidad para Jóvenes

El 3 de septiembre de 2014 se firmó en Canberra el Acuerdo entre España y Australia relativo al Programa de Movilidad para Jóvenes, que ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el 19 de septiembre de 2014. Ver texto del acuerdo.

El objeto del Acuerdo es facilitar el conocimiento y la comprensión mutuos mediante el incremento de oportunidades para los jóvenes de ambos países de disfrutar de períodos de estancia en el otro país que incluyan vacaciones, estudios y experiencia laboral.



2.- Período y cupo de expedición de visados Work and Holiday

A partir del 1 de julio de 2018, el Departamento de Home Affairs del Gobierno Federal de Australia abrió un nuevo período de expedición de visados Work and Holiday (subclass 462), que finalizará el 30 de junio de 2019 o cuando se haya completado el cupo de 1.500 visados para jóvenes españoles.



3.- Clausulas especiales del acuerdo

El Gobierno de Australia exigirá a todos los ciudadanos de España que hayan entrado en el país a través del Programa conforme a este Acuerdo el cumplimiento de las leyes y normas australianas (en materia de inmigración).

Conforme a la cláusula 5.2 del Acuerdo, los ciudadanos españoles que participen en el Programa no podrán trabajar para el mismo empleador por un periodo superior a seis meses a no ser que sean autorizados expresamente para hacerlo por el Departamento de Home Affairs.

Conforme a la cláusula 5.3 del Acuerdo, los ciudadanos españoles que participen en el Programa podrán matricularse en uno o más cursos educativos o de formación que no excedan de cuatro meses de duración total durante su visita a Australia.

No se pueden incluir familiares a cargo en la solicitud. Su pareja puede venir a Australia, pero tendrá que solicitar su propio visado.



4.- Requisitos que ha de cumplir el solicitante

• Tener la nacionalidad española y pasaporte en vigor durante el periodo de validez del visado.

• Tener entre 18 y 30 años.

• No haber participado anteriormente en el programa.

• Disponer de suficiente dinero para su manutención durante el período propuesto (actualmente, las autoridades australianas requieren 5.000 dólares australianos).

• Estar en posesión de un billete de vuelta a España o disponer de suficientes fondos para adquirirlo.

• Abonar la tasa de solicitud del visado (Work and Holiday visa- subclass 462. El coste del visado es actualmente de 450 dólares australianos):

https://www.homeaffairs.gov.au/Trav/Visa-1/462-


• Tener un nivel de inglés funcional. Ver requisitos del inglés funcional.

• No estar acompañado de niños a su cargo durante la estancia en el país.

• Cumplir con los requisitos de salud, con el correspondiente seguro médico que cubra supuestos de hospitalización durante toda su estancia en Australia, de acuerdo con las leyes australianas.

• Presentar ante las autoridades australianas certificado de carecer de antecedentes penales de los países en el que el solicitante ha residido en los últimos cinco años.

• Haber completado al menos dos años de educación superior, para lo que servirán certificados académicos que así lo indiquen expresamente, títulos expedidos que conlleven la realización de la totalidad de los estudios, expediente académico, u otros de los que se desprenda claramente el cumplimiento del requisito. Se recuerda que el sistema de educación superior en España lo constituyen la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior.

• Disponer de una carta de apoyo emitida por la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.


5.- Cómo solicitar una carta de apoyo


Solo a partir del 1 de julio de 2016 se pueden empezar a solicitar las cartas de apoyo. Dicha Carta de apoyo será emitida por la Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Esta carta es una condición necesaria, pero no garantiza por sí misma la obtención del visado en el Programa de Movilidad para Jóvenes, cuya decisión corresponde a las autoridades australianas.

En el trámite de solicitud de la carta de apoyo, el interesado deberá aportar la documentación acreditativa de los estudios de Educación Superior realizados y rellenar el siguiente formulario.


La carta de apoyo se puede solicitar de tres maneras distintas:


1. En persona: en el área de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de su provincia o en las oficinas consulares españolas, si reside en el extranjero. Mismo formulario y procedimiento en ambos casos.

2. A través de su representante legal debidamente acreditado en la Delegación o Subdelegación del Gobierno de su provincia.

3. Por Internet en la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Requerirá disponer para ello de herramientas de firma digital (DNI electrónico o certificado digital) y deberán adjuntar escaneada la documentación acreditativa del requisito relativo a los estudios realizados. La solicitud de la carta de apoyo se realizará preferiblemente por medio de procedimiento electrónico a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Deberán además adjuntar escaneada la documentación acreditativa del requisito relativo a los estudios realizados.

En la dirección de correo sgeaustralia@meyss.es se atenderán exclusivamente las dudas que tengan los interesados acerca de la carta de apoyo.



6.- Cómo solicitar el visado Work and Holiday

- En primer lugar, el solicitante debe encontrarse fuera de Australia en el momento de enviar la primera solicitud. Toda la información sobre este visado la puede encontrar en: http://www.border.gov.au/Trav/Visa-1/462-

- Se aconseja no iniciar los preparativos del viaje hasta que su solicitud no haya sido aprobada.

- Complete el siguiente formulario: Application Form 1208 for a Work and Holiday Visa.

- Reúna todos los documentos que la Oficina de Inmigración de Australia en Berlín le exige: vea el document checklist.Reúna todos los documentos que la Oficina de Inmigración de Australia en Berlín le exige: vea el document checklist.

- Abone la tasa de visado que le corresponde: Abone la tasa de visado que le corresponde:
https://www.homeaffairs.gov.au/Trav/Visa-1/462-

- El formulario y todos los documentos deben enviarse por correo postal a la Australian Immigration Office de Berlín, donde se encargarán de procesar su solicitud.

- La Oficina de Inmigración de Australia en Berlín se pondrá en contacto con usted para confirmar que ha recibido los documentos correctamente. La Oficina de Inmigración de Australia en Berlín se pondrá en contacto con usted para confirmar que ha recibido los documentos correctamente. Dicha Oficina le comunicará si se le ha concedido o no el visado con los detalles correspondientes.

Para información sobre renovación y extensión de un visado Work and Holiday (462) en vigor, consulte esta página: https://www.homeaffairs.gov.au/Trav/Visa-1/462-​


7.- Más información


- La autoridad competente para recibir consultas sobre el visado Work and Holiday es el "Global Service Center", +61 2 6196 0196 Horario de atención al público de lunes a viernes de 9:00 a 17:00

ACUERDO DE MOVILIDAD DE JÓVENES CON AUSTRALIA



​CUPO 2018-2019

20/09/2018


​El 1 de julio se abrió un nuevo período de expedición de visados* de la subclase 468 (Work and Holiday Visa) para jóvenes españoles que deseen beneficiarse del Programa de Movilidad de Jóvenes entre España y Australia establecido en virtud del Acuerdo entre el Reino de España y el Gobierno de Australia de 3 de septiembre de 2014 (BOE 228, de 19 de septiembre de 2014).


El período del Programa se extiende hasta 30 de junio de 2019 o hasta que se complete el cupo, establecido en 1500 visados.


Pueden beneficiarse de dicho Programa los jóvenes españoles de 18 a 30 años que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula 2 del Acuerdo.


1 .Solicitud de Cartas de apoyo.


Los jóvenes españoles que quieran solicitar visado australiano deberán obtener previamente una Carta de apoyo expedida por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.


Los españoles residentes en el extranjero pueden solicitar dicha carta, preferentemente, a través de la sede electrónica de dicho Ministerio, para lo cual es necesario tener DNI electrónico o certificado digital. También pueden solicitarlo presencialmente a través de las oficinas consulares españolas.


El plazo de presentación de solicitudes, tanto por vía electrónica como presencial, comienza el día 2 de julio de 2018 (la sede electrónica está disponible desde las 00:00 horas del día 2 de julio).

Cuando la solicitud se presente en la oficina consular, ésta deberá verificar que el formulario de solicitud se ha completado en todos sus puntos y que se adjunta copia de la documentación acreditativa de haber completado, al menos, dos años de educación superior, siendo válidos los certificados académicos que lo indiquen expresamente, los títulos expedidos, el expediente académico y otros documentos de los que se desprenda claramente el cumplimiento del requisito. Se podrá exigir la comprobación del original, La oficina consular verificará la identidad de! solicitante.


Las solicitudes que se presenten directamente a las oficinas consulares, y la documentación aneja, deberán ser escaneadas y remitidas por correo electrónico a la dirección sgeaustralia@meyss.es antes de finalizar la jornada de mañana del día siguiente al de presentación de la solicitud.


Una vez expedidas, las cartas de apoyo se remitirán por correo electrónico a las oficinas consulares, para su entrega al interesado por el procedimiento ordinario. A tal efecto, si el interesado lo solicita, se le podrá informar por correo electrónico de que su carta está disponible en la oficina consular a los efectos de su notificación presencial. El interesado deberá firmar un recibí, con indicación de su nombre, apellidos, DNI, fecha y firma. Los acuses de recibo se remitirán por correo electrónico a la dirección de correo electrónico más arriba señalada.


Las dudas que se planteen en relación con este procedimiento se podrán dirigir a los correos: sgemigracion@meyss.es y sgeaustralia@meyss.es


2. Solicitud de visado.


Una vez en posesión de la carta apoyo, los interesados deberán solicitar el visado a autoridades australianas. Las consultas se centralizan en el "Europe Service Centre" (ESC), con base en Londres, al que se puede contactar mediante el número de teléfono: 91 1147390 o el formulario de consultas: http://www.immi.gov.au/contacts/forms/europe/spanish/


El procedimiento de solicitud de visado es exclusivamente electrónico. La solicitud se realizará a través del enlace: https://www.homeaffairs.gov.au/trav/visa/immi


Los interesados pueden recabar más información en la web: http://germany.embassy.gov.au/belnNisas_and_IVIigration.htmJ


El visado habilita por sí mismo a entrar y trabajar en Australia en los términos del Programa de Movilidad, no siendo necesario realizar ningún trámite al llegar al país.


Origen de los datos Web del Ministerio de Exteriores de España y embajada de España en Australia

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