lunes, 14 de noviembre de 2016

Consulados y embajadas de España en China


Consulados y embajadas de España en China


Embajada de la República Popular China en Madrid
C/ Arturo Soria, 113
28043 Madrid
Teléfono: 91 519 42 42 y 91 519 36 72
Fax: 91 519 20 35
Página web

Sección Consular
C/ Josefa Valcárcel, 40, 1ª planta
28027 Madrid
Teléfono: 91 741 47 28
Fax: 91 741 47 93

Centro de solicitud de visados chinos en Madrid
C/ Agustín de Foxá, 29, 4ºA
28046 Madrid
Teléfono: 91 314 59 18
Fax: 91 732 19 59
Correo electrónico: madridcenter@visaforchina.org
Página web

Consulado General de la República Popular China en Barcelona
Avenida Tibidabo, 34
08043 Barcelona
Teléfono: 93 254 11 99
Fax: 93 212 77 18
Página web

Oficina de turismo de China en Madrid
Calle Gran Vía, 39 planta 8º izq. 28013 Madrid
Teléfono: 91 548 00 11
Fax: 91 548 05 97
Página web






Documentación y visados

Pasaporte/DNI:

Pasaporte con validez de, al menos, seis meses.

Los ciudadanos extranjeros deben estar permanentemente documentados con su pasaporte y visado en vigor o, en su caso, mediante su permiso de trabajo o de negocios.


Visado:

SÍ es necesario visado, excepto:

- Para Hong Kong y Macao no se necesita visado en caso de estancias no superiores a los 90 días en cada ciudad.

- Para visitar la isla de Hainan, no es necesario visado siempre que se vaya en un grupo de al menos cinco personas, la visita se haya acordado con una agencia de viajes, la estancia no sobrepase los 15 días y durante ese período no se abandone la isla. Además, cuando hayan transcurrido esos 15 días, será obligatorio salir de Hainan, ya sea al extranjero o a cualquiera de las regiones administrativas especiales (Hong Kong o Macao).

- Desde el 28 de diciembre del 2017 se ha ampliado a 144 horas (antes establecido en 72 horas) el tiempo permitido de estancia en tránsito en Pekín con exención de visado, añadiendo además la provincia de Hebei y la municipalidad de Tianjín. Los viajeros en tránsito aéreo, terrestre o marítimo que entren por uno de los 6 puertos fronterizos (Beijing Capital International Airport, Beijing West Railway Station, Tianjin Binhai International Airport, Tianjin International Cruise Home Port, Shijiazhuang Zhengding International Airport o Qinghuangdao Port) podrán acogerse a este régimen de exención de visado por una duración máxima de seis días, siempre que dispongan de un pasaporte válido y que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo anterior y el régimen general, es decir, que dispongan de un billete a un tercer país pagado y cerrado y, si fuese preceptivo, del visado para el tercer país. No se aceptan billetes de ida y vuelta y tampoco se podrán acoger los viajeros que tengan previsto visitar zonas distintas a las de Pekín, Tianjín o Hebei.

Visado en tránsito:

Los viajeros españoles pueden solicitar un visado en tránsito para una estancia inferior a 72 horas si realizan tránsito en los siguientes aeropuertos: Cantón, Chengdú, Chongqing, Shenyang, Dalian, Güilín, Kunming, Hangzhou y Harbin. Los viajeros deberán disponer de un billete para viajar a un tercer país y, en su caso, del visado correspondiente para poder entrar en el mismo. Los viajeros deberán permanecer en la municipalidad correspondiente durante la estancia, que ha de ser inferior a tres días. Se recomienda a los viajeros que comprueben con su compañía aérea si el itinerario que van a seguir es compatible con un tránsito de 72 horas sin visado.

Desde el año 2016, los viajeros españoles (y de otros 52 países) que planeen visitar Shanghai y/o las provincias limítrofes de Zhejiang y Jiangsu, por un periodo máximo de 144 horas pueden entrar en la R.P.China sin necesidad de contar con un visado ordinario o de tránsito. Para acogerse a ese régimen especial de exención de visado por tránsito de breve duración (144 horas), la entrada en la R.P.China, deberá producirse por cualquiera de los dos aeropuertos de Shanghai (Pudong o Hongqiao) o por el aeropuerto de Nanjing o el de Hangzhou. Al igual que en el régimen más general explicado en el párrafo anterior, el viajero español deberá presentar en el aeropuerto un pasaporte válido y con más de seis meses de vigencia y un billete aéreo para continuar viaje a un tercer país, debidamente pagado y cerrado. No se acepta un billete de ida y vuelta a España; tiene que ser un viaje a un tercer país para contar con el concepto de “tránsito”. Tal procedimiento tampoco es válido si el nacional español desea visitar provincias distintas a: Zhejiang o Jiangsu o a la propia ciudad de Shanghai.

Visado en frontera terrestre entre Hong Kong y Shenzhen:

Puede obtenerse un visado de entrada y salida para Hong Kong válido por cinco días en los puestos fronterizos de Lowu, Shekou, Huanggang y Shenzhen.

Este visado, del que el Comisionado Chino no suministra información en su Web, se ha venido concediendo en los últimos años y todavía se puede conseguir pero son numerosas las denegaciones sin motivación del mismo. Si necesita este tipo de visado diríjase a la Oficina del Comisionado Chino en esta ciudad, situada en:

Oficina del Comisionado Chino
20/F, Capital Center, 151 Gloucester Road, Wan Chai, Hong Kong
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 16:00
Tel: 29921999
Fax: 29891116
Email: hongkongcenter@visaforchina.org
Página Web: www.visaforchina.org

Respecto a la propia solicitud de visado a China en Hong Kong, se ha de tener en cuenta que el Comisionado requiere de manera aleatoria a algunos solicitantes presentar su pasaporte anterior o, si su primer pasaporte, llevar una carta de la autoridad española correspondiente declarando esta circunstancia.


Visado de estancia (turismo):

En los demás casos en los que se debe disponer de un visado, éste autoriza normalmente la estancia por 30 días y una sola entrada. Antes de viajar, conviene verificar la validez del visado.

Si se desplaza a Hong Kong o a Macao desde la China continental, para regresar a la misma, deberá contar con un visado de dos o múltiples entradas.

La entrada o estancia ilegal en China puede implicar la detención e incluso la expulsión del país, previo pago, en ocasiones, de una multa. Contra lo que se menciona en algunos portales electrónicos y guías, un ciudadano español no puede viajar a la RP China (zona continental, salvo las excepciones previamente señaladas) sin visado. Es, simplemente, imposible. Las únicas excepciones a esta regla son: primera, ser titular de pasaporte diplomático; y segunda, tener como destino final del viaje un tercer país, demostrando que se dispone de un viaje de regreso confirmado (pudiendo acreditarlo todo), haciendo únicamente escala en una ciudad china (en este caso, podrá obtener un visado de 72 horas, en el aeropuerto). La estancia con el visado caducado puede implicar, además de una cuantiosa multa, pena de privación administrativa de libertad.

En caso de alojarse en un domicilio particular, es necesario inscribirse en la comisaría de policía más cercana en el plazo de 24 horas desde que la entrada en el país. Si se trata de una zona rural, el plazo se amplía a 72 horas. La inscripción deberá renovarse si se cambia de residencia permanente.

Si pierde o le roban su pasaporte, tendrá que obtener, además del preceptivo pasaporte provisional español (en el Consulado General de España más cercano al lugar en el que se encuentre), un visado de salida, que se estampará en el nuevo pasaporte. Para ello, deberá presentar la preceptiva denuncia ante una comisaría de policía, y solicitar el citado visado en el Buró de Entradas y Salidas de la ciudad donde esté (este trámite puede durar entre cuatro y siete días).

La Región Autónoma del Tíbet sólo puede visitarse viajando en grupo a través de agencias de viaje especializadas con sede en China y a través de viajes organizados.



Visado de residencia y trabajo:


Para poder residir y trabajar en China, es necesario disponer del visado adecuado para cada actividad. Es ilegal trabajar en China con un visado de turista, de estudiante o de negocios. La violación de la legislación china puede implicar detención, encarcelamiento, expulsión del país o prohibición para viajar fuera de China. Las autoridades chinas son muy estrictas en este sentido.

En caso de viajar a China para trabajar se recomienda comprobar si se tiene el visado adecuado consultando con los Consulados Generales competentes en función de la circunscripción geográfica donde se vaya a residir.



En Hong Kong es posible tramitar la residencia por trabajo una vez en el territorio. No se puede trabajar hasta que sea otorgado dicho permiso bajo ninguna circunstancia, pudiendo las autoridades de inmigración de Hong Kong retener a la persona e iniciar el procedimiento de expulsión.

Una vez iniciada una relación laboral en China, no debe entregarse el pasaporte bajo ninguna circunstancia. Solamente cabe dejarlo a las autoridades locales para gestiones administrativas breves como una posible renovación del visado o de los permisos.

Se recomienda que el viajero se abstenga de firmar documentos que no entienda, ya sea porque están en chino o por cualquier otro motivo. En caso de duda puede consultar con el Consulado General competente.

Para más información en materia de estancia y residencia en China, se puede consultar la siguiente página web.

Puede solicitarse visado para viajar a la R. P. China en las direcciones que figuran al principio de estas Recomendaciones de viaje.

En Hong Kong, se tramitan visados para viajar a la China continental en:


- Oficina del Comisionado Chino
3rd Floor, China Resources building, 26 Harbor Road, Wanchai, Hong Kong
Correo electrónico: fmcovisa_hk@mfa.gov.cn
Página web

En Macao, cabe acudir a:




- Oficina del Comisionado Chino
992, Avenida do Dr. Rodrigo Rodrigues, Macao
Correo electrónico: fmco_mo@mfa.gov.cn
Página web



Para viajar entre Hong Kong y Macao, es necesario ir provisto del pasaporte en vigor y pasar controles de pasaportes y de aduanas tanto a la entrada como a la salida de ambos territorios. Para viajar entre esos territorios y la China continental, es necesario pasar un control equivalente al de una frontera internacional y someterse a inspección de aduanas en ambos sentidos.





Direcciones y Teléfonos de interés




Prefijo de China excepto Hong Kong y Macao: + 86
Prefijo de Hong Kong: + 852

Prefijo de Macao: + 853

Para llamar de una provincia china a otra es necesario marcar un 0 delante de cada prefijo de provincia.


Teléfonos de interés:

Policía: 110

Emergencias:

- China continental: 120
- Hong Kong: 999Hong Kong: 999
- Macao: 993Macao: 993


Embajada de España en Pekín
Chaoyang Qu.Sanlitun Lu, 9.-100600 Beijing.
Teléfono: (8610) 6532 3629.
Fax: (8610) 6532 3401
Correo electrónico: emb.pekin@maec.es
Página web

Consulado General de España en Pekín
Chaoyang Qu, Sanlitun Dongsijie 9 - 100600 Beijing.
Teléfonos: (8610) 6532 0780/81/82.
Teléfono emergencia consular: (86) 1391 1461 886
Fax: (8610) 6532 0784
Correo electrónico: cog.pekin@maec.es
Página web
Consulado General de España en Shanghai
1201 (piso 12), Zone 2, Jinmao Tower; 88 Century Avenue, Pudong - Shanghai 200121
Teléfono: (8621) 6321 3543.
Teléfono de emergencia consular: (86) 1391 654 7726
Fax: (8621) 6321 1396
Correo electrónico: cog.shanghai@maec.es
Página web

Consulado General de España en Cantón
5ª planta, R&F logoCenter, Huaxia Road 10, Zhujiang New Town, Tianhe District 510623 Guangzhou
Teléfono: (86 20) 389 27 185
Teléfono de emergencia consular: (86) 133 800 46717
Fax: (86 20) 389 27197
Correo electrónico: cog.canton@maec.es
Página web

Consulado General de España en Hong Kong
Suite 5303 53F Central Plaza 18. Harbour Rd, Wanchai, Hong Kong.
Teléfonos: (852) 252 53 041/042
Teléfono emergencia consular: (852) 9031 7246
Fax: (852) 2877 2407
Correos electrónicos: cog.hongkong@maec.es
Página web

Oficina Económica y Comercial en Pekín
A1-B Gongti Nanlu, Spain Building 6th Floor Chaoyang Distric 100020 Beijing. -
Teléfono/s: (8610) 5879 9733
Fax/es: (8610) 5879 9734
Correo electrónico: pekin@comercio.mineco.es

Oficina Económica y Comercial en Shanghai
198-208 Anfu Road, Xuhui District, Shanghai 200031
Teléfono: (8621) 6217 26 20
Fax: (8621) 6267 77 50
Correo electrónico: shanghai@comercio.mineco.es

Oficina Económica y Comercial Hong Kong
2004 Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway.- Admiralty Hong Kong.
Teléfono/s: (852) 2521 7433/2522 7512/2523 2573
Fax/es: (852) 2845 3448/2524 9791
Correo electrónico: hongkong@comercio.mineco.es

Oficina Económica y Comercial en Cantón
Unit 503&504, 5/F, R&F Center, NO.10 Huaxia Road, Zhujiang New Town, Tianhe District, 510623
Guangzhou 510623 Guangdong
Teléfono: (8620) 38927687
Fax: (8620) 38927685
Correo electrónico: canton@comercio.mineco.es





Requisitos para estudiar, residir o trabajar en España



Residencia en España para inversores o emprendedores en España



Legalización de documentos públicos






No hay comentarios:

Publicar un comentario

Protocolo de Actuación para la Atención de las Mujeres Españolas Víctimas de Violencia de Género en el Exterior​Se abre en ventana nueva.

  Protocolo de Actuación para la Atención de las Mujeres Españolas Víctimas de Violencia de Género en el Exterior​ . Dicho Protocolo persigu...

Buscar en Internet